martes, 23 de abril de 2024, 11:01
Sitio: BBVA
Curso: Conceptos de Educación Financiera (Conceptos de Educación Financiera)
Glosario: Conceptos de Educación Financiera
E

ENCAJE BANCARIO

  Es la porción de sus depósitos que los bancos comerciales no pueden prestar. Ese dinero queda inmovilizado en una cuenta corriente que las entidades tienen abierta en el Banco Central. El Banco Central paga a los bancos una tasa de interés por ese dinero. 

ENDOSAR

  Es un acto jurídico unilateral cuya función principal es transferir la propiedad de un cheque u otro título valor a otra persona.. Quien transfiere un cheque debe previamente firmarlo en el dorso y colocar su nombre y apellidos completos, número de documento y domicilio, (si se deposita, se le debe agregar el tipo y número de cuenta). Los cheques comunes pueden tener sólo un endoso y los cheques de pago diferido hasta dos.

ENTIDAD FINANCIERA

  Persona jurídica (privada o pública) cuya actividad principal consiste en la intermediación habitual entre la oferta y la demanda de recursos financieros.

ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS

  Estados financieros de una entidad económica que se presentan como los de una entidad única.

F

FACTORING

  Operatoria por medio de la cual una persona (cedente) transfiere instrumentos de crédito -principalmente facturas y cheques- a otra (factor), que adelantará un porcentaje del monto de los mismos.

FCI - FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN

  Fondo administrado por una sociedad gerente que invierte en distintas clases de activos (plazos fijos, títulos, acciones, etc.). Los inversores son los tenedores de fondos que participan del resultado -ganancias o pérdidas producto de la inversión de esos activos. Está sujeta a autorización ,normativa y contralor de la Comisión Nacional de Valores.

FECHA DE VENCIMIENTO

  Término en el cual se debe hacer frente a una obligación contraída para no incurrir en mora.

FIDEICOMISO

  Contrato por el cual una persona (fiduciante) transmite la propiedad fiduciaria de bienes determinados a otra (fiduciario), quien se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato (beneficiario), y a transmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante, al beneficiario o al fideicomisario. El contrato debe individualizar al beneficiario, quien puede ser una persona física o jurídica, que puede o no existir al tiempo del otorgamiento del contrato; en este último caso deben constar los datos que permitan su individualización futura. Está regulado por la Ley 24.441.

FINTECH

  Deriva de las palabras “finance technology” y se utiliza para denominar a las empresas que ofrecen productos y servicios financieros, haciendo uso de tecnologías de la información y comunicación, como páginas de Internet, redes sociales y aplicaciones para celulares.

FIRMA DIGITAL

  Es una herramienta tecnológica que permite garantizar la autoría e integridad de los documentos digitales, posibilitando que éstos gocen de una característica que únicamente era propia con la firma en papel.